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La puntualidad de los vuelos y problemas con el equipaje copan las quejas en aeropuertos españoles

22 de junio de 2006

La puntualidad de los vuelos -retrasos, pérdidas de conexión y cancelaciones- copa, junto a las demoras, pérdidas y deterioros en el manejo de equipajes, el mayor número de reclamaciones en los aeropuertos españoles.

Cabe apuntar que la nueva legislación establece en caso de que se produzca un retraso, el usuario tiene derecho a percibir una indemnización por parte de la aerolí­nea, siempre que disponga de una reserva confirmada en el vuelo, del billete (impreso o electrónico) y haya cumplido con todos los plazos indicados en facturación, puertas de embarque, etc.

Si un cliente se viera afectado por ‘overbooking’ la compañí­a deberá indemnizar económicamente al pasajero si a éste se le deniega el embarque. La aerolí­nea deberá pedir que se presenten voluntarios dispuestos a renunciar a sus reservas a cambio de una contraprestación (250, 400 y 600 euros, dependiendo de la distancia del trayecto).

Para el caso de las cancelaciones, si el motivo de la anulación depende de la aerolí­nea, los viajeros deben ser indemnizados con los mismos criterios que aquellos afectados por overbooking, a no ser que la compañí­a haya avisado con, al menos, 15 dí­as de antelación o haya proporcionado vuelos alternativos con horarios similares. Si esa cancelación genera un retraso de cinco horas o más, el afectado tiene derecho a que se le devuelva el precio del billete o se le proponga un vuelo alternativo.

fuente: finanzas.com

Una respuesta a “La puntualidad de los vuelos y problemas con el equipaje copan las quejas en aeropuertos españoles”

  1. loren dice:

    Como mucho de vosotros habréis comprobado es costumbre de todas las compañí­as aéreas que cuando viajamos varias personas, a la hora de facturar nuestras maletas, estas figuren a nombre de un único pasajero. Lo que parece ser un gesto sin importancia supone para las compañí­as un importante ahorro de costes y puede hacernos perder mucho dinero en caso de que nuestro equipaje no llegue a su destino.

    El convenio de Montreal de 1999 establece que la indemnización máxima en caso de perdida de equipaje de 1000 DEG (derechos especiales de giro) por pasajero lo que equivale a unos 1200 â?¬, sea cual sea el contenido de nuestro equipaje.

    Las compañí­as aéreas están interpretando la ley a su manera y entienden que si uno ha facturado más de una maleta al mismo nombre (por ejemplo un padre factura la maleta de su mujer y la de su hijo en su billete), tiene derecho como máximo al resultado de dividir la indemnización máxima entre el número de bultos ( siguiendo con el ejemplo si se pierden las tres maletas, se le indemnizará con 1200 â?¬ en lugar de los 3600â?¬ a los que tendrí­an derecho los tres pasajeros y si se pierde sólo una maleta con 400â?¬ en lugar de los 1200 â?¬ que por ley le corresponderí­an)

    Os recomiendo a todos los que viajéis en grupo este verano que, en el momento de facturar, exijáis que os facturen una sola maleta por billete.

    Recientemente he vivido en primera persona esta injusta situación, con la compañí­a IBERIA y por ello te pido que informes a todos tus conocidos de esta práctica abusiva.