Declaradas nulas cláusulas abusivas de Ryanair
24 de octubre de 2013El Juzgado de lo Mercantil número 6 de Madrid ha declarado nula la cláusula de los contratos de la aerolínea Ryanair que fija el cobro de 40 euros por la impresión de la tarjeta de embarque en el aeropuerto, por entender que establece una penalización desproporcionada.
La sentencia también declara nula la exigencia de documentación conforme a los reglamentos internos de Ryanair, que ahora deniega la validez del libro de familia, el pasaporte no necesariamente en vigor, el carné de conducir o el permiso de residencia.
También declara nula además la cláusula que que establece el sometimiento a la ley y tribunales irlandeses, por lo que Ryanair no podrá exigir a los pasajeros que presenten sus demandas judiciales allí.
También es declarada nula la condición por la que la compañía aérea exige el pago en el aeropuerto con tarjeta, la que permite libremente a la empresa rechazar el transporte del pasajero o su equipaje si se lo ha comunicado previamente , la que prohíbe transportar en el equipaje determinados objetos, y la que permite a la compañía cobrar un importe indeterminado en concepto de almacenamiento si no se recoge el equipaje tan pronto como llegue a su destino y la que permite la modificación unilateral del vuelo por parte de Ryanair.