Los pasajeros aéreos que sufran retrasos de más de tres horas tendrán derecho a una indemnización
20 de noviembre de 2009El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TUE) ha dictaminado que los pasajeros aéreos que sufran un retraso de tres o más horas tienen derecho a recibir una indemnización de la compañía aérea, a menos que el retraso se deba a circunstancias extraordinarias.
La normativa comunitaria prevé que, en caso de cancelación de un vuelo, los pasajeros pueden obtener una compensación a tanto alzado de entre 250 y 600 euros, dependiendo de la distancia del viaje.
De acuerdo con la normativa comunitaria, los pasajeros de un vuelo cancelado con breve plazo tienen derecho a una indemnización aun cuando la compañía aérea les ofrezca un vuelo alternativo, siempre que pierdan tres horas o más con respecto a la hora inicialmente prevista.
fuente: Cinco Días.com